1.- COPIA DEL EXPEDIENTE.

Recomendamos solicitar a la Administración copia de todos los documentos que consten en el expediente para así poder formular de la mejor manera las alegaciones oportunas. En este momento es conveniente solicitar la suspensión del plazo concedido para presentar alegaciones hasta que no nos faciliten la documentación requerida.

 

2.- ALEGACIONES.

Formular las alegaciones y solicitar la práctica de las pruebas para así poder ejercer con total garantía el derecho de defensa.

Para ello cuenta con un plazo legalmente establecido que comienza desde el día siguiente al de la notificación de inicio del expediente de sanción.

 

3.- RESOLUCIÓN.

Tras presentar el escrito de alegaciones, la Administración decide si procede al archivo del expediente sancionador o continúa con la tramitación de la sanción.

Esta propuesta de resolución no es firme y contra ella puede formular alegaciones.

 

4.- LA VÍA JUDICIAL.

Si no accede al pago de la sanción propuesta, recibirá nueva resolución, que puede ser recurrida en alzada.

En el supuesto en el que también se desestime se agotará la vía administrativa, pero podrá seguir ejerciendo su derecho a la defensa acudiendo a los tribunales.

 

Recomendamos ponerse en contacto con un profesional en la llevanza de asuntos de Derecho Jurídico-Cinegético o Derecho de caza en cuanto le sea notificado el acuerdo de inicio del expediente de una sanción de caza,

 

DERECHO DE CAZA JAÉN

 

Consulta con nuestro equipo de AbogadoJaén® y le asesoraremos sobre los pasos a seguir si se encuentra en esta situación, pues unas alegaciones correctamente redactadas pueden hacer archivar el expediente sancionador.